En DVH estamos para brindarle eficiencia y calidad de servicio. Para nosotros, lo más importante es llevarlo durante todo su proceso legal de la manera correcta. Dándole la mano y contestando cada duda, cada preocupación para que usted sienta la seguridad que brinda el saber lo que le espera y lo que vamos a hacer en cada paso. Todo dentro de un marco de honradez, claridad y sencillez.

 ASILO

¿Afirmativo? – ¿Entraste a EEUU con visa o permiso de entrada?

En este caso se siguen estos pasos:

  1. Se presenta la solicitud de asilo (Formulario I-589) a la oficina de Oficina de Ciudadania y Servicios de Inmigración (“USCIS”).

  2. Dentro de un año de el día de entrada al EEUU.

  3. Entrevista de asilo.

  4. Decisión (puede ser referida a la corte de inmigración).

Defensivo ¿Entraste a EEUU cruzando la frontera o sin permiso de entrada?

En este caso se sigue los siguientes pasos:

  1. ¿Estás en proceso de corte de inmigración (“EOIR”)? Se presenta la solicitud de asilo como defensa contra la deportación.

  2. Dentro de un año de entrar al país (aunque fecha de corte sea lejana).

  3. Juicio de asilo (no es formato de entrevista es un litigio).

  4. Decisión (aprobada o negada).

CIUDADANÍA

Si busca la ciudadanía simplemente debe ser:

  • Residente 3 o 5 años.

  • 3 años si permanece casado con un estadounidense.

  • 5 años si no esta casado o ha mantenido residencia durante 5 años.

  • Presente en EEUU durante 30 meses antes de aplicar (sin ausencias de mas de 180 días).

  • Presentar planilla N-400.

  • Cita de examen cívico y de inglés.

  • Decisión.

  • Juramento.

TPS

¿Llegó de Venezuela antes del 6 de Marzo del 2021?

¿Salidas de EEUU? (debe mostrar breve salida)

Llenar I-821 y elegible para un permiso de trabajo I-765

 

Residencia Permanente
(“tarjeta verde”)

Estos son algunos pasos a seguir:

  • Cónyuge residente o ciudadano/ Hijo(a) mayor de 21 años nacidos en Estados Unidos debe completar petición I-130 para formalmente “pedir” al familiar sin espera.

  • Si familiar es residente puede pedir de inmediato a cónyuge o hijo(a) menor de 21 años (debe ser solteros)

  • Si familiar es Ciudadano, puede pedir a madre/padre, hijo (a) menor de 21 años o cónyuge de inmediato, hijos mayores , casados o hermanos y hermanas deben esperar visa para emigrar.

  • Si está presente en EEUU y está casado o familiar es ciudadano se puede pedir un ajuste de “un paso.”